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Judicial

Petro respondió a Cepeda y aseguró que la consulta se puede convocar por decreto

El Centro Democrático respondió que la convocatoria por decreto contraviene la Constitución y la ley, y advirtió que no permitirá esta medida sin el concepto previo del Senado

28 de mayo de 2025

Cristian Moreno Garzón

cmoreno@larepublica.com.co

Gustavo Petro, presidente de Colombia
Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

El presidente de la República, Gustavo Petro, afirmó que la norma permite la convocatoria de la consulta popular por decreto cuando, pasados 30 días desde la presentación de la propuesta, no exista concepto previo del Senado. Petro citó el literal c del artículo 33 de la ley 1557 como fundamento legal para su argumento y señaló que la votación realizada por el senador Efraín Cepeda carece de validez por no cumplir los requisitos de forma establecidos en la ley 5 del reglamento del Congreso.

El Centro Democrático respondió que la convocatoria por decreto contraviene la Constitución y la ley, y advirtió que no permitirá esta medida sin el concepto previo del Senado. En un comunicado, el partido de oposición aseguró estar preparado para impedir lo que calificó como un “rompimiento institucional” y afirmó que su postura se ajusta al Estado de derecho y a las instituciones.

La controversia se centra en la interpretación del plazo de 30 días que la ley 1557 otorga al Senado para emitir concepto sobre la propuesta de consulta popular. Petro sostiene que, ante la ausencia de pronunciamiento en ese plazo, el Presidente queda habilitado para convocar mediante decreto. El Centro Democrático, en cambio, mantiene que la ley y la Constitución exigen el concepto previo para que la convocatoria sea válida.

El presidente añadió que, “para el gobierno no existe concepto previo y por tanto se abre la opción de aplicar el literal c, del artículo 33 de la ley 1557, que nos permite decretar la consulta popular”. Al mismo tiempo, destacó que “se debate el proyecto de ley de reforma laboral que presenté al Congreso hace 2 años, aprobado en Cámara de Representantes. Fue hundido por ocho congresistas del neoesclavismo en la Comisión VII de Senado, y revivido por el auge del movimiento popular en la Comisión IV. 8 congresistas votaron un texto similar al aprobado en Cámara de Representantes y 7 senadores votaron por el neoesclavismo”.

Petro concluyó que están “expectantes ante las decisiones de la plenaria del Senado, de la que esperamos acompase el texto que se apruebe, de una vez, con la respuesta a las preguntas de la consulta popular”. Sobre el eventual recurso judicial, afirmó: “Sé que las tutelas presentadas terminarán en la Corte Constitucional en unos meses. Quizás ya sea tarde, pero la Corte Constitucional tendrá la oportunidad de restablecer un pilar de la Constitución de 1991: la democracia participativa y la soberanía popular”.

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