El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó un proyecto de decreto que busca modificar del Decreto 2147 de 2016, norma que regula el régimen de zonas francas en Colombia. A continuación, se presentan las principales consideraciones.
¿Qué tipo de modificaciones plantea el proyecto de Decreto?
El proyecto de Decreto plantea dos tipos de cambios: formales y sustanciales. Los formales corresponden a ajustes de referenciación y técnica jurídica necesarios tras algunas modificaciones normativas, como la expedición del Decreto 278 de 2021. Los sustanciales modifican, entre otros, los requisitos para las declaratorias y prórrogas de las zonas francas.
¿Cuáles son los cambios sustanciales más relevantes?
Entre los más relevantes se destacan:
1. La obligatoriedad de iniciar el proceso de certificación en desarrollo sostenible o en Parques Eco-Industriales (PEI) dentro de los 3 años siguientes a la puesta en marcha de la zona franca o dentro del año siguiente a la prórroga.
2. Para las prórrogas, se vuelven obligatorios los ingresos por internacionalización para los usuarios industriales, incluso para quienes, según la Corte Constitucional, no deben asumir compromisos de exportación para conservar la tarifa plena del 20% en el impuesto de renta.
¿Es viable que los usuarios cumplan con estos nuevos requisitos?
El cumplimiento de cualquier requisito que plantee el Gobierno dependerá de que existan parámetros claros y certeza frente a las exigencias propuestas.
En este caso, por ejemplo, no existe ninguna regulación ni mecanismos para implementar y evaluar el modelo de los PEI en los plazos estipulados en el proyecto. Esto hace que, operativa, financiera y administrativamente, sea un requisito de difícil cumplimiento.
Por otra parte, no todas las empresas instaladas en zona franca tienen una vocación exportadora, ni su calificación depende de ello. Así, condicionar la continuidad de las zonas francas a que todos los usuarios superen unos ingresos por internacionalización atendiendo a cifras variables de los sectores y no a los procesos reales de internacionalización de las empresas, conllevaría a que se fijaran metas poco alcanzables, irreales.
Esto pondría en riesgo la continuidad de algunas zonas francas generando impactos en la atracción inversión, la generación de empleo y de encadenamientos productivos.
¿Qué debería considerar el Gobierno para implementar cambios al régimen franco?
Colombia cuenta hoy con un régimen franco competitivo, generador de empleo y desarrollo regional. Las cifras lo respaldan: 113 zonas francas activas, más de 182.000 empleos y más de $54 billones en inversión en los últimos dos años, según cifras de la ANDI.
Cualquier modificación a los requisitos de acceso o permanencia en el régimen franco debe orientarse a fortalecer su competitividad y facilitar la llegada de inversionistas, asegurando que Colombia mantenga su capacidad de competir con otros regímenes de la región, especialmente los de Centroamérica y el Caribe, que han avanzado en modelos muy eficientes y atractivos.
Todo esto debe ir acompañado de medidas claras y asequibles que garanticen la continuidad de los proyectos, la rentabilidad, desarrollo productivo y un entorno favorable para atraer nuevas inversiones.
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